Ley 3128: da creación al Programa de Financiamiento de la Diversificación Productiva y Programa de Mejora de la Competitividad en la Actividad Frutícola de Pepita.
Programa de Financiamiento de la Diversificación Productiva
Beneficiarios: Personas humanas o jurídicas titulares/ concesionarios/ arrendatarios / usufructuarios de chacras actualmente sin producción o, estando en producción, pasibles de implementar un plan de diversificación o puesta en marcha, orientando las inversiones a cultivos económicamente sostenibles.
Programa para la Mejora de la Competitividad en la Producción Frutícola de Pepita
Beneficiarios: Productores primarios independientes o integrados que realizan producción primaria de frutas de pepita, con la inscripción en el RENSPA vigente y que den cumplimiento con las exigencias de sanidad y calidad.
Condiciones especiales:
- Cumplimiento de requisitos de Sanidad: deben tener todas las labores culturales relacionadas con el mantenimiento de un buen estado sanitario.
- Control de plagas cuarentenarias: o Colocación de emisores de feromonas. o Calibración del/ los equipos pulverizadores
- Cumplimiento de requisitos de calidad: aplicación de estándares mínimos de buenas prácticas agrícolas.
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